Consejos sobre: Estructuras de negocios agrícolas

Por Guy Ames, especialista en agricultura del NCAT

Serie de hojas de consejos para agricultores principiantes de NCAT

La elección de la estructura jurídica de su explotación es una decisión importante para los agricultores principiantes. La estructura empresarial de la granja afectará a la responsabilidad legal y fiscal de su granja. Esta es una breve introducción a las principales estructuras empresariales, incluyendo los pros y los contras de cada una. Se recomienda encarecidamente la asistencia jurídica profesional para establecer su negocio como algo distinto a una empresa individual, y puede ser útil incluso en ese contexto para determinar si una empresa individual es la mejor estructura para su negocio agrícola.

Empresa unipersonal

Si no hace ningún esfuerzo para constituir legalmente su empresa, la estructura empresarial que ha “elegido” por defecto es la de empresario individual. En esta estructura, no hay distinción legal entre usted y su empresa agrícola.

Muchas explotaciones son empresas unipersonales, y esto puede ser perfectamente apropiado mientras su explotación sea pequeña y esté en la fase inicial. Si es un empresario individual, no tiene que presentar formularios legales que declaren su estatus; sin embargo, debe presentar un Anexo F con su declaración de impuestos federales personales para informar de los ingresos y gastos agrícolas. El Anexo F es requerido por algunos programas de subvenciones y préstamos agrícolas como parte de la demostración de un historial agrícola.

Ventajas: La mayor ventaja de la empresa unipersonal es que no requiere ninguna declaración o procedimiento legal especial. Por tanto, si no hace nada en este sentido, se le considera empresario individual.

Consideraciones: Al no existir distinción legal entre el propietario y la empresa, el propietario es responsable de todo lo que haga la empresa. En otras palabras, en el desafortunado caso de que se produzca un litigio contra su granja, todos sus bienes personales y activos podrían ser vulnerables.

Cooperativa

Una cooperativa está controlada y gestionada por un grupo de “socios”. Cada miembro aporta capital social (propiedad) y participa en el control de la empresa sobre la base del principio de un miembro, un voto (no en proporción a la contribución del miembro).

Ventajas: Las cooperativas se basan en tres principios fundamentales que se centran en los propietarios como usuarios: usuario
beneficio, control del usuario y propiedad del usuario.

Consideraciones: Cada miembro, independientemente de su nivel de inversión, tiene un voto. La gestión de la cooperativa puede ser difícil de manejar. A medida que las cooperativas crecen, suelen votar por la contratación de gestores profesionales para solucionar este problema.

Asociación

Una sociedad es un acuerdo en el que más de una empresa o persona se pone de acuerdo para promover sus intereses comerciales conjuntamente. Lo más habitual es que se formen sociedades entre particulares que comparten el trabajo y los beneficios y pérdidas.
Las asociaciones pueden ser asumidas e informales (como con los cónyuges), pero si tales asociaciones se disuelven debido a la muerte, el divorcio u otras situaciones de la vida, desenredar el negocio de las consideraciones personales puede ser devastador para una operación agrícola principiante. Un abogado podría aconsejar sobre cómo minimizar esas posibilidades. En cualquier caso, es aconsejable una asociación formal y legal.

Ventajas: Sólo se tributa una vez. La Agencia Tributaria considera a las sociedades colectivas como entidades de “paso” porque los beneficios y las pérdidas “pasan” de la empresa a los socios. Los socios pagan impuestos sobre su parte de los beneficios (o deducen su parte de las pérdidas) en sus declaraciones individuales de la renta. La participación de cada socio en los beneficios y las pérdidas suele figurar en el contrato de sociedad.

Consideraciones: Dependiendo de la estructura de la sociedad y de la jurisdicción en la que opere, los propietarios de una sociedad pueden estar expuestos a una mayor responsabilidad personal que la que tendrían como accionistas de una sociedad.

¿Están los socios de acuerdo con los objetivos de la explotación? Esta es una pregunta importante que hay que hacerse antes de formar una sociedad.

B-Corp (Sociedad de Beneficencia)

Los estatutos de las corporaciones B exigen que la empresa se ajuste a prácticas socialmente beneficiosas. Estas prácticas pueden incluir la protección del medio ambiente o la preservación de los beneficios de los empleados. Este tipo de entidad empresarial, que a menudo se adapta a las organizaciones sin ánimo de lucro, podría considerarse, sobre todo si se quieren realizar programas educativos.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) ofrece una responsabilidad personal limitada con la característica de tributación única de las sociedades colectivas y los empresarios individuales. Los beneficios y las ventajas fiscales de una LLC se reparten de la forma que elijan los accionistas (propietarios que son empresas) y los socios (propietarios que son personas físicas). En la mayoría de los estados, la LLC puede tener un solo propietario o muchos.

Ventajas: La estructura de la LLC ofrece protección de la responsabilidad y flexibilidad financiera.

Una sociedad anónima presenta una declaración de impuestos sólo con fines informativos. Cada accionista se presenta por separado.

Los propietarios de una LLC tienen menos requisitos administrativos y de mantenimiento de registros que una corporación. Por ejemplo, no están obligadas a tener un consejo de administración o directivos.

Las LLC tienen más flexibilidad financiera que las empresas unipersonales, como la capacidad de reunir el capital necesario mediante inversiones de los accionistas en la empresa.

Consideraciones: Aunque no están obligadas a tener una junta directiva o funcionarios, los miembros de una SRL deben elaborar, y tener constancia, de las disposiciones de gobierno y protección relativas a su funcionamiento

La fiscalidad estatal de las sociedades de responsabilidad limitada varía. Muchos estados, como Alabama, California, Kentucky, Nueva York, Pensilvania, Tennessee y Texas, aplican un impuesto de franquicia o un impuesto sobre el valor del capital a las LLC.

Las tasas anuales de renovación de las LLC son necesarias y pueden ser más altas que las de otras estructuras.

C-Corp

La C-Corp es una estructura empresarial que le protege a usted y a los demás propietarios de la responsabilidad personal y proporciona algunas otras ventajas no fiscales, como la posibilidad de obtener capital de inversores privados. De hecho, la C-Corp se utiliza a menudo como primer paso antes de pasar a la forma de “sociedad anónima”, en la que una empresa pasa de ofrecer acciones de forma privada a negociarlas públicamente en el mercado abierto.

Ventajas: Las principales ventajas son la limitación de la responsabilidad personal y más opciones para las inversiones de los accionistas.

Consideraciones: Los ingresos de las sociedades anónimas tributan dos veces: primero como ingresos de la sociedad y luego como ingresos de los accionistas (dividendos).

S-Corp

Los ingresos de la S-Corp se transmiten a sus accionistas en proporción a su inversión y se gravan a los tipos del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las sociedades S (“S” significa “small”) sólo pueden tener un tipo de acciones y un número limitado de accionistas.

Ventajas: Es más fácil reunir capital como sociedad anónima que como empresa individual o sociedad colectiva. La forma S-Corp proporciona a los accionistas la protección corporativa de la responsabilidad personal limitada, pero no viene con la imposición adicional de los beneficios corporativos.

Consideraciones: Una S-Corp debe seguir numerosas regulaciones y requisitos, está sujeta a un estrecho escrutinio por parte del Servicio de Impuestos Internos, y puede tener altos costos para establecer y mantener la estructura corporativa.

Recursos sobre las estructuras de las empresas agrícolas

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Esta publicación es producida por el Centro Nacional de Tecnología Apropiada a través del programa de Agricultura Sostenible de ATTRA, en virtud de un acuerdo de cooperación con el Desarrollo Rural del USDA. Esta publicación también fue posible en parte gracias a la financiación del Instituto Nacional de Alimentación y Agricultura, Programa de Desarrollo de Agricultores y Ganaderos Principiantes (BFRDP), Premio 2015-70017-22868, parte de un subcontrato administrado por la UC Berkeley y USDA/NIFA /OASDFR. ATTRA.NCAT.ORG.